En el transcurso de nuestra vida laboral, podemos contraer enfermedades o sufrir accidentes laborales.

Los accidentes laborales se regulan en el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social.

No todo ello se trata de la misma forma.

Qué son los accidentes laborales

Distinguimos:

Enfermedad común

Enfermedad profesional

Accidente laboral

Enfermedad común:

Es la enfermedad que podamos tener a lo largo de nuestra vida laboral, que no derive de nuestra actividad en el trabajo ni se haya producido por un accidente de laboral.

Ejemplo: una gripe nos puede dar a cualquiera y no viene derivada de ningún agente dentro del medio laboral.

Enfermedad profesional:

Es la contraída con ocasión del trabajo  realizado por cuenta ajena, siempre que aquélla derive de la acción de sustancias o elementos que se encuentran en nuestro lugar de trabajo o derivan del desarrollo del mismo.

Existe un cuadro en el que se relacionan las enfermedades profesionales publicado en el Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre.

La enfermedad profesional se diferencia del accidente laboral  porque, si la enfermedad se reconoce en la lista de enfermedades profesionales reglamentaria, concurre la presunción «iuris et de iure» de que la lesión es profesional.

Los elementos integrantes del concepto de enfermedad profesional son los siguientes:

  1. El trabajo por cuenta ajena.
  2. Que esté provocada por la acción de determinados elementos o sustancias.
  3. Que ocurra en alguna de las actividades listadas.

La calificación  de las enfermedades como profesionales corresponde a la Seguridad Social o la Mutua respectiva.

Si la enfermedad se contrae habiendo existido falta de medidas de seguridad por parte de la empresa, además del recargo de prestaciones, la empresa puede ser condenada al pago de una indemnización por daños y perjuicios.

Son enfermedades profesionales, entre otras muchas:

la hepatitis «C» vírica padecida por médico a consecuencia de contagio;

la fatiga tendinosas de una planchadora;

la depresión grave de trabajador con multi exposición a productos tóxicos.

Actualmente  se incluyen los trabajos con polvo de sílice como nuevo agente que provoca cáncer de pulmón.

Accidentes laborales:

Acontecen cuando se producen dentro del horario laboral o in itinere, es decir en el camino de ida o vuelta al lugar de trabajo.

Es necesaria la prueba del nexo causal lesión-trabajo para la calificación del mismo como tal. Como habituales accidentes encontramos, la caída del andamio de un obrero; la sección de un dedo del panadero; accidentes de tráfico de camioneros, etc.

La asistencia sanitaria se debe prestar tan pronto ocurre el accidente y debe prolongarse hasta su total curación, siendo la responsable la Entidad que tenga la cobertura de los Accidentes de Trabajo en la empresa. Se presta a través de los medios dispuestos por las Mutuas.

Una especialidad de los Accidentes de Trabajo es la reparación íntegra del daño.  Tienen que prestar la asistencia, aunque el empresario se encuentre al descubierto de las cuotas de Seguridad Social. Reciente es la Sentencia del Tribunal Supremo de 10-10-2019: un trabajador que sufre un accidente de trabajo y se le amputa su mano derecha tiene derecho, por el principio de reparación íntegra del daño, a que se le implante una prótesis micro eléctrica de última generación y no la meramente convencional prevista para los supuestos de asistencia sanitaria ordinaria.

El empresario debe cumplir con su obligación de proporcionar al trabajador una protección eficaz en materia de seguridad e higiene y debe acreditar haber adoptado las medidas de protección necesarias para impedir los  accidentes laborales, puesto que debe proteger a los trabajadores frente a sus propios descuidos e imprudencias no temerarias, así como emplear toda la diligencia exigible, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En el caso de enfermedad profesional y accidente laboral, para el devengo de prestaciones durante el periodo de baja laboral, no se requiere periodo mínimo de cotizaciones a la Seguridad Social, siendo irrelevante el mayor o menor periodo de cotización previo al hecho causante y dichas prestaciones se cobrarán en periodo de doce meses.

El empresario debe cumplir con su obligación de proporcionar al trabajador una protección eficaz en materia de seguridad e higiene y debe acreditar haber adoptado las medidas de protección necesarias para impedir el accidente, puesto que debe proteger a los trabajadores frente a sus propios descuidos e imprudencias no temerarias, así como emplear toda la diligencia exigible.

CONCLUSIÓN:

Ante la pregunta qué son los accidentes laborales, es necesario que los identifiquemos y consultemos con un abogado experto en la materia.

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