La garantía de indemnidad es un privilegio del que disponen los trabajadores para no sufrir represalias por defender sus derechos laborales.

Analicemos qué significa garantía de indemnidad de los trabajadores.

La garantía de indemnidad se equipara al derecho fundamental de la tutela judicial efectiva recogido en el artículo 24 de la Constitución Española:

«Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».

OJO:

La garantía de indemnidad se asimila a la tutela judicial efectiva y

Qué es la garantía de indemnidad
Qué es la garantía de indemnidad

ES UN DERECHO FUNDAMENTAL recogido en la Constitución Española.

CONCEPTO:

La garantía de indemnidad salvaguarda a cualquier trabajador de las represalias que pueda ejercer el empleador contra él por ejercer sus derechos laborales, como afiliarse a un sindicato, denunciar negligencias en su puesto de trabajo, denunciar falta de medidas de seguridad, presentar una reclamación administrativa o judicial, etc.

¿Qué ocurre si se vulnera la garantía de indemnidad?

Analicemos el caso concreto de un trabajador que presenta una demanda judicial solicitando que se le paguen las horas extraordinarias trabajadas durante todo el año.

La empresa responde despidiéndolo al día siguiente.

Es evidente que dicho despido es una consecuencia REPRESALIA directa de la reclamación salarial.

El trabajador presenta otra demanda impugnando el despido que le ha notificado la empresa.

¿Cómo se calificaría ese despido por los tribunales?

Ya sabemos que el despido podrá ser procedente, improcedente o nulo.

Con toda seguridad y, si no median otras causas, el Juez declarará que el despido del trabajador es NULO, porque ha vulnerado un derecho fundamental, que es la garantía de indemnidad, es decir el derecho a que el trabajador pueda reclamar sus derechos libremente sin coacciones ni represalias.

¿Qué consecuencias tiene la declaración del DESPIDO NULO por vulnerar la garantía de indemnidad como derecho fundamental?

-Readmitir al trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones en las que estaba.

Indemnización de daños y perjuicios por vulneración de un derecho fundamental.

-También se pueden solicitar medidas cautelares antes de la resolución del juicio, como suspender el despido y volver al puesto de trabajo.

¿Qué derechos laborales se protegen con la garantía de indemnidad?

Los más comunes son:

  1. Derecho a la libertad sindical.
  2. Derecho a la seguridad en el trabajo.
  3. Derecho a la conciliación familiar.
  4. Derecho a percibir un salario puntual, horario justo, etc.
  5. Derecho a no ser discriminados por razón de género, raza, religión, sexo, etc.
  6. Derecho de huelga.

¿Es necesario reclamar los derechos judicialmente para que opere la garantía de indemnidad?

NO.

También desplegará sus efectos cuando exista una reclamación administrativa, como una denuncia ante la Inspección de Trabajo, reclamando derechos de los trabajadores o denunciando alguna actuación empresarial.

En ese sentido se pronunció el Tribunal Supremo en su sentencia de 21 de julio de 2021.

¿Qué ocurre si se hace una reclamación interna a la empresa?

¿Opera el principio de la garantía de indemnidad?

Como regla general, NO.

Pero si, inmediatamente después de hacer algún tipo de reclamación interna de derechos laborales a la empresa, se produce una consecuencia como el despido, cambio de horario, de condiciones laborales, movilidad geográfica, etc, el Tribunal Supremo opina lo siguiente en su Sentencia de 15 de noviembre de 2022:

“Señala el Tribunal que, como regla general, las reclamaciones internas en el seno de la empresa no activan la garantía de indemnidad. Pero si un trabajador efectúa una reclamación interna e inmediatamente es despedido, sin que la empresa acredite la existencia de incumplimientos que justifiquen la extinción contractual, la imposibilidad de formular la reclamación judicial con anterioridad al despido es imputable únicamente al empresario, por lo que, en ese concreto contexto, opera como un indicio de la vulneración de la garantía de indemnidad que obliga al empleador a acreditar que el despido ha sido ajeno a la violación del derecho fundamental recogido en el art. 24 de la CE. Al no haberlo hecho, el despido enjuiciado vulneró la garantía de indemnidad del demandante, por lo que debe declararse nulo”.

CONCLUSIÓN:

La garantía de indemnidad es un derecho fundamental que protege al trabajador ante represalias por ejercer sus derechos laborales. Cuando la empresa responde con represalias, el trabajador debe acudir a los tribunales para defender sus derechos.

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