Las empresas incurren en fraude en la contratación temporal si no respetan los requisitos exigidos para ello.
Explicaremos lo que supone el fraude en la contratación temporal.
El artículo 15 del Estatuto de lo Trabajadores dice:
El contrato de trabajo, se presume celebrado por tiempo indefinido.

La excepción es el contrato temporal, que únicamente puede concertarse en casos de:
-circunstancias de la producción (necesidades puntuales de la empresa) o
-sustitución (cubrir la plaza de un trabajador que se ausenta por cualquier motivo).
¡OJO!
El contrato temporal siempre tiene que recoger la CAUSA de la temporalidad.
¿Qué significa fraude en la contratación temporal?
El contrato temporal que no respete estos requisitos (contrato por sustitución, por circunstancias de la producción o que no indique la causa) se considera fraudulento, y el trabajador adquiere automáticamente la condición de fijo.
El artículo 15.4 dice:
También adquirirán la condición de fijas las personas trabajadoras temporales que no hubieran sido dadas de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba
El artículo 15.5 ET dice:
Las personas trabajadoras que, en un periodo de veinticuatro meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a dieciocho meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas.
¿Qué significa esto?
Que si un trabajador es contratado por medio de varios contratos temporales durante más de dieciocho meses en dos años, se considerará FIJO. Da igual que haya sido contratado para diferentes puestos de trabajo o diferentes empresas del mismo grupo.
¿Qué debe hacer el trabajador?
Solicitar a la empresa su condición de fijo por no responder su contrato a los requisitos de temporalidad.
Si la empresa no le convierte su contrato en indefinido, deberá reclamarlo presentando una papeleta de conciliación en el SMAC en reclamación de derechos. Si no hubiera acuerdo en el SMAC, deberá reclamarlo judicialmente presentando una demanda en reclamación de derecho de contrato indefinido.
¿Qué ocurre si cada ve que ha terminado el contrato ha sido liquidado y finiquitado el trabajador o la empresa ha esperado seis meses para hacerle un nuevo contrato?
Según la jurisprudencia, YA no pasa nada.
El trabajador adquirirá la condición de fijo si puede demostrar que ha sido contratado en dos años, más de dieciocho meses. Por ello dice el Estatuto de los Trabajadores «con o sin solución de continuidad».
Consecuencias legales para la empresa:
La Declaración de condición de indefinido para el trabajador:
Todo contrato temporal celebrado en fraude de ley se transforma en indefinido. Así ha sido reiteradamente declarado por el Tribunal Supremo en Sentencia de 02/04/2025 que señala que contratar a trabajadores para las necesidades estructurales de la empresa bajo la apariencia de temporalidad constituye fraude en la contratación.
La falta de especificación o incorrecta justificación de la causa para que fue contratado implica la presunción de contrato indefinido, según la Sentencia TSJ Cataluña 19/05/2025.
Sanciones administrativas y responsabilidades empresariales:
La celebración de contratos temporales en fraude de ley constituye una infracción grave, sancionable conforme a la LISOS (Artículo 7. Infracciones graves).
La Inspección de Trabajo puede calificar como falta grave la utilización de contratos temporales sin causa o en fraude, imponiendo sanciones económicas cuyo importe, oscila, en su grado mínimo, entre 1.000 y 2.000 euros; en su grado medio, entre 2.001 y 5.000 euros; y en su grado máximo, entre 5.001 y 10.000 euros por cada contrato fraudulento según el Artículo 40 Real Decreto Legislativo 5/2020 LISOS, por cada trabajador afectado.
En supuestos graves, puede derivarse también responsabilidad en orden a recargos en las cotizaciones sociales que correspondan durante la totalidad del tiempo que el trabajador debió ser tratado como indefinido.
Consecuencias para el trabajador.
Se le hará indefinido automáticamente.
Conseguirá la antigüedad en su relación laboral desde la fecha del primer contrato.
En caso de despido, el trabajador tendrá derecho a la indemnización de despido improcedente, es decir 33 días por año trabajado a contar desde el primer contrato.
¿Se le podrán restar las indemnizaciones por fin de contrato que haya ido percibiendo?
Según la jurisprudencia, no serán descontadas dichas cantidades y se indemnizará como despido improcedente. Sentencia TSJ Andalucía 11/09/2025.
CONCLUSIONES.
Si el trabajador considera que existe fraude en la contratación por la gran cantidad de contratos temporales que se le hacen sin motivo especial o, si desarrolla la actividad normal de la empresa bajo contratación laboral, podrá solicitar que se le declare indefinido con la antigüedad de su primer contrato temporal. Si tienes que reclamar tus derechos, no dudes en consultar con un abogado especialista en la materia.