Analicemos las diferencias entre la indemnización por accidente laboral y el recargo de prestaciones por falta de seguridad.

¿Qué es la indemnización por accidente laboral?

La indemnización por accidente laboral es una compensación económica que el trabajador tiene derecho a reclamar cuando el accidente se produce debido a una negligencia o incumplimiento de la normativa de seguridad laboral por parte de la empresa. Este tipo de indemnización busca cubrir los daños y perjuicios causados al trabajador, ya sea por lesiones físicas, daños psicológicos, incapacidad temporal o permanente, o incluso fallecimiento.

Para reclamar una indemnización, es necesario demostrar que el accidente se debió a la falta de medidas de seguridad adecuadas, tal como se establece en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)​. Entre las causas más comunes para reclamar una indemnización están:                       

La indemnización por accidente laboral y recargo de prestaciones.
La indemnización por accidente laboral y recargo de prestaciones.
  • Falta de equipos de protección individual (EPIs).                              
  • Ausencia de formación adecuada sobre los riesgos del trabajo.
  • Condiciones laborales inseguras o maquinaria defectuosa.

¿Qué es el recargo de prestaciones?

El recargo de prestaciones es un incremento en las prestaciones económicas (incapacidad temporal, permanente total, absoluta o gran invalidez) que el trabajador recibe cuando el accidente laboral o la enfermedad profesional se ha producido debido a un incumplimiento de las obligaciones de seguridad por parte de la empresa.

Se trata de un incremento del 30% al 50% de las prestaciones por incapacidad temporal, incapacidad permanente o incluso fallecimiento, y es asumido íntegramente por el empresario que ha incumplido sus obligaciones preventivas​.

El recargo de prestaciones no es una indemnización, sino un aumento de las prestaciones que paga la Seguridad Social. Mientras que las prestaciones por incapacidad son cubiertas por la Seguridad Social o las mutuas, el recargo debe ser asumido directamente por la empresa.

El INSS hace un cálculo de la cantidad (capital-coste) que tiene que ingresar la empresa a este organismo para pagarlo durante todos los meses al trabajador incrementando la prestación por Incapacidad que cobre el mismo.

¿Cuándo puedo reclamar cada uno?

El trabajador puede reclamar ambos derechos si el accidente laboral ha sido consecuencia del incumplimiento de las medidas de seguridad y salud de la empresa. De hecho, es posible que un trabajador reciba tanto una indemnización por responsabilidad civil como un recargo de prestaciones. 

  • Indemnización por responsabilidad civil en accidente laboral.

El trabajador puede reclamar una indemnización por accidente laboral cuando:

El accidente ha ocurrido en el ámbito laboral (en la empresa, en desplazamientos de trabajo, etc.).

El trabajador ha sufrido lesiones, incapacidad temporal o permanente, o incluso la muerte.

Existen daños y perjuicios que pueden ser compensados económicamente.

  • Recargo de prestaciones.

El recargo de prestaciones se aplica cuando el accidente tuvo lugar debido a que la empresa no proporcionó los equipos de protección adecuados, no formó correctamente a los trabajadores o no tomó las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes, es decir, no cumplió con la normativa de prevención de riesgos laborales. El recargo se impone cuando la Inspección de Trabajo confirma que la empresa ha incumplido estas obligaciones.

El recargo de prestaciones no es una indemnización en sí, sino una penalización adicional a la empresa por incumplir su deber en materia de seguridad y salud. 

Diferencias clave entre la indemnización y el recargo de prestaciones.

Aunque ambos conceptos se relacionan con los accidentes laborales, son diferentes. Así, las principales diferencias entre la indemnización por accidente laboral y el recargo de prestaciones:

        Naturaleza jurídica:

  • La indemnización es un derecho que surge del daño causado por la negligencia de la empresa y se reclama como una compensación independiente, generalmente por vía civil.

  • El recargo de prestaciones es un derecho que incrementa la prestación económica ya existente, y tiene carácter obligatorio para el empresario cuando se demuestra su incumplimiento de las normativas de seguridad laboral.

  • Objetivo:

  • El objetivo de la indemnización es reparar el daño sufrido por el trabajador, incluyendo daños físicos, morales y económicos.

  • El recargo de prestaciones pretende no solo compensar al trabajador, sino responsabilizar al empresario y disuadirlo de incumplir sus obligaciones en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales.

  • Quién lo paga:

  • La indemnización puede ser pagada por la mutua de accidentes de trabajo, la empresa o su aseguradora.

  • El recargo de prestaciones siempre lo paga directamente la empresa y no puede ser cubierto por una aseguradora.
  • Cálculo:

  • La indemnización se calcula en función de los daños sufridos y secuelas, que pueden ser económicos (gastos médicos, pérdida de salario) y morales (dolor y sufrimiento).

  • El recargo de prestaciones se aplica sobre las prestaciones que recibe el trabajador y puede variar entre un 30% y un 50% de dichas prestaciones, dependiendo de la gravedad de la infracción de seguridad.

  • Vías de reclamación:

  • La indemnización por accidente laboral se reclama mediante un procedimiento judicial (social o penal), en el que se deben probar los daños producidos y la responsabilidad de la empresa.

  • El recargo de prestaciones se reclama a través de la Inspección de Trabajo y, posteriormente, ante la Seguridad Social. En caso de denegación, se puede recurrir a la vía judicial (sólo vía social).

CONCLUSIÓN:

Conocer la diferencia entre la indemnización por accidente laboral y recargo de prestaciones es clave para proteger tus derechos si sufres un accidente en el trabajo. La indemnización busca reparar el daño y es una reclamación civil, mientras que el recargo es un incremento en las prestaciones que se cobran del INSS y es asumido por la empresa. 

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